Por Consejo Asesor Indígena
Una vez más la
Cámara de Apelaciones en lo Civil de la Segunda Circunscripción
con asiento en General Roca (Río Negro) resolvió contra los derechos de la
comunidad mapuche-tehuelche Kospi, en un texto lleno de prejuicios,
subjetividades racistas y discriminadoras. Como prueba de la falta total de
objetividad y de garantías elementales para con el pueblo mapuche, el fallo
reciente lo firma también Carlos Larroulet, quien pretende apropiarse con un
socio del territorio ancestral que ocupa la comunidad Loncón en el paraje Tres
Cerros, Comallo.
Para una mejor comprensión de este aspecto del conflicto de
Kospi planteamos este documento en los siguientes puntos, adjuntando en un
anexo los fallos textuales:
- El caso
- El fallo
- Nuestro análisis político del fallo
- Otro fallo anterior de esta misma Cámara contra Kospi
- Nuestro análisis político de ese fallo
- Larroulet, juez y parte
El caso
Kospi se reorganiza como comunidad en un proceso que se
inicia a partir de la maniobra de despojo del territorio a partir del 2005. El
mayor de sus integrantes es Mario Roja, quien se identifica como parte del
pueblo mapuche. Sus otros hermanos toman una decisión de conciencia diferente
en total libertad. El lugar de vida de siempre pasa a ser entendido, vivido y
defendido como parte del territorio ancestral mapuche; entre ellos, la chacra
de unas 23 hectáreas
donde vive una parte de la comunidad y donde quedó confinada toda la actividad
tradicional (de siembra y pastoreo) después que la empresa Las Caletas con el
aval de la justicia local consumara la usurpación de dos fracciones (una de 45
has y la lindera de 12) en diciembre de 2009.
Un hermano mayor de don Mario, que no se reconoce como
mapuche, no es miembro de la comunidad
ni continúa las formas de vida tradicionales, exige vía judicial la subdivisión
de la chacra en los términos de la propiedad privada (del Código Civil), para escriturar
y revender a Las Caletas. Este hermano es parte de la operatoria de pinzas para
asfixiar económicamente a Kospi y cercar a la comunidad en una mínima expresión
en la que les resulte imposible subsistir, tanto económica como
espiritualmente.
En 2007, cuando don Mario Roja todavía no tenía un buen
conocimiento de la legislación específica que nos protege a los pueblos
originarios en Argentina, firmó un preacuerdo por el que reconocía partes de la
chacra a los otros dos hermanos en el marco del Código Civil que lesiona su
condición indígena. (En ese momento lo representaba un estudio jurídico de Roca
que ahora representa a la parte contraria).
Kospi no niega a los otros dos hermanos Roja al uso de parte
de la chacra. Lo que rechaza absolutamente es que se usen figuras del Código
Civil que lesionen la integridad del territorio ancestral para, además,
revenderlo a Las Caletas.
El fallo
El Tribunal integrado por Nelson W. Peña, Oscar H. Gorbarán
y Carlos Larroulet niega la existencia de Kospi y obliga a Mario Rojas a
subdividir y a escriturar como propiedad privada la chacra que es sustento de
vida de esta comunidad mapuche, condenándola a la asfixia económica y a
convivir con el enemigo.
Citaremos primero algunos párrafos textuales para
analizarlos más abajo:
“Mario Rojas, por su propio derecho y como miembro del
Consejo de Mayores de la
Comunidad de pueblos originarios Kospi, manifestando que se
ve impedido jurídicamente de cumplir por cuanto la ejecución del convenio
arribado sería un acto de disposición sobre un inmueble de propiedad
comunitaria de la agrupación a que pertenece la que obtuvo su personería el 2
de noviembre del año 2010, por lo que pide el rechazo de la ejecución
intentada”. Nota completa
Nota relacionada: Adolfo Pérez Esquivel se pronunció por la comunidad Kospi ante la justicia de Río Negro
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