Enviado por Sergio Pravaz
Ante los agravios vertidos en un medio público por el
Ministro del Superior Tribunal Alejandro Panizzi, dirigidos a los miembros de la Sala Civil, con gran
pesar por el daño institucional que generan estas declaraciones irreflexivas y
tendenciosas, tenemos el deber de fijar públicamente nuestra posición al
respecto:
Los tres jueces de esta Sala, que fuimos únicos miembros del
Tribunal hasta la ampliación del cuerpo en el año 2006, tenemos más de 60 años
y más de treinta y cinco de ejercicio de la magistratura, la función pública o
la profesión de abogado. En el umbral de finalizar nuestra carreras, sufrimos
esta agresión por el hecho de haber designado a una relatora del Superior
Tribunal de Justicia, que cuenta con merecidos antecedentes, para organizar la Oficina de la Mujer. De esta manera,
al contar con el cargo, ganado por concurso, no resulta necesario crear uno
nuevo ni hacer disposiciones presupuestarias, haciendo efectivo el compromiso
de austeridad asumido con la
Ministro de Economía, por todos los miembros, a excepción del
denunciante que no asistió al acuerdo, sin aviso.
Lamentamos que se haya usado el nombre de la Dra. Mariana Ripa
como “su” candidata, cuando, en un cuerpo colegiado debe aceptarse la decisión
de la mayoría, en el caso de la
Oficina de la
Mujer, fue con voto afirmativo de cuatro de cinco miembros
presentes. La postulación de la ex funcionaria y legisladora nunca fue
transmitida al cuerpo, por lo que se trata de una manipulación oculta.
Lamentamos esta aparición pública ya que se trata de una profesional que
seguramente tendrá un importante futuro.
En cuanto a las demás acusaciones, las cuentas del Superior
Tribunal son públicas y sometidas a aprobación del Tribunal de cuentas. Cada
uno y todo los gastos que se realizan en el poder judicial se aprueban primero
por los órganos intermedios que necesariamente deben intervenir (Dirección de
Administración, Informática Jurídica entre otros) y luego instrumentan por
resolución de superintendencia o del pleno en su caso, por supuesto, con la
firma del Dr. Pannizi y se someten a consideración del Tribunal de Cuentas
Las acusaciones que
hace internamente respecto a funcionarios fueron juzgadas mediante sumarios
internos, en algunos casos sancionados y en otros absueltos, confusión difícil
de justificar en un juez.
El Dr. Pannizzi nos ha sometido al oprobio, ya que somos
hombres de convicciones republicanas, de estar presente cuando se dirigió
descomedido y tendenciosamente a los disputados al hacer su informe al
finalizar su presidencia, en el año 2010. Dijo en la oportunidad: “[…]En este
recinto y en esta ocasión debo referir los impalpables problemas y disputas que se suscitaron entre los
Poderes Judicial y Legislativo. Es preciso que advierta, desde ahora, que debo
hacerlo para que se considere, se disipe o procure evitarse en lo sucesivo.
Roto ya mi pecado pero intacta mi penitencia, me obligo a aclararles que no
pretendo valerme de la inmunidad constitucional que ampara a la opiniones de
los jueces, para aplicar correctivos a los diputados […].
“[…]Estos actos
son emblemáticos de la posición que han asumido los legisladores de l Provincia con respecto al Poder Judicial
y denotan una indiferencia y un desapego
terribles a las reglas de juego republicano[…]”.
“[…] No soy
rastreador de inequidades, pero cometeré una facilidad: Señoras y señores
legisladores: Son uds. Los principales responsables de la funestas
consecuencias de la Ley
de Porcentualidad […]”
“ […]¡Cese la Intrusión de esta
Legislatura en el Poder Judicial[…]”.
El documento se
encuentra en el diario de sesiones del 18 de marzo de 2010 de esa Honorable
legislatura.
Igual conducta
manifestó al injuriar al Intendente de Comodoro Rivadavia Néstor Di Pierro a
poco de iniciar su mandato y haber sido legitimado por el mandato popular (ver
diario El Patagónico del 20 y 21 de febrero de 2012, que tuvo respuesta el 23 de
febrero de 2012).
Lamentamos que los
señores diputados que trataron en su momento el acuerdo no hayan advertido en
sus antecedentes, que seguramente acompañó, caso contrario habría ocultamiento,
que el Consejo de la
Magistratura al evaluarlo como Juez de Primera Instancia de
Sarmiento lo declaró “insatisfactorio”, según Acordada del Consejo de la Magistratura N°
392/2000, del 14 de diciembre de 2000.
Asimismo fue
suspendido preventivamente por el Tribunal de Enjuiciamiento según consta en
sentencia n° 15 del 9 de diciembre de 1999 del Tribunal de Enjuiciamiento de
Magistrados
Seguramente, todos
estos datos, deben haber sido informados y documentados a los señores diputados en las reuniones
previas mantenidas antes de concedérsele el acuerdo legislativo
También en iguales
circunstancias se le aplicó una sanción de quince (15) días de suspensión, muy
importante tratándose de un juez.
Resolución administrativas del Superior Tribunal de Justicia n° 9363
S.A. del 26 de junio de 2000, notificada al interesado el 27 de julio de 2000,
mediante carta documento.
Pedimos disculpa a
la sociedad por este verdadero papelón que pone en vilo a un poder del Estado.
Estamos convencido que esto no ha ocurrido por nuestra responsabilidad ni ha
sido nuestra mente afiebrada la que lleva a esta confrontación. A partir de
ahora continuaremos con lo que es nuestro deber que es administrar justicia.
Nota relacionada: “Los ministros de la Sala Civil obraron a mis espaldas, en forma inoperante e ineficaz”
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