Fuente: “La
Tijereta” *
Dijo a La
Tijereta el miembro del Consejo de la Magistratura, Eduardo
Palacios, con respecto a la actuación del juez Colabelli, quien intentó evitar
el aborto no punible de una nena de 12 años que había sido violada. Explicó que
hubo una votación reñida entre los miembros del consejo que consideraban que la
actuación de Colabelli fue lo suficientemente grave como para promover su
destitución y los que proponían una sanción administrativa, en la que se impuso
por escasos votos la segunda opinión. Ahora el Superior Tribunal de Justicia
debe aplicar la sanción al juez Colabelli, que puede ser un apercibimiento o una
suspensión transitoria.
El magistrado recordó que Chubut cuenta con la Ley XV Nº 14 de abortos no punibles, aprobada por unanimidad en 2010, y que hay un protocolo de actuación
muy claro y que en este caso la intervención de Colabelli se dio sólo porque el
fiscal solicitó tomar pruebas bilógicas para investigar el crimen de violación,
para lo que hacía falta la autorización del juez. Sin embargo Colabelli no sólo
no autorizó la toma de pruebas sino que dictó sentencia prohibiendo el aborto.
“El Superior Tribunal de Justicia y la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya han mencionado
que el juez que obstaculizara el acceso a la justicia de mujeres en esta
condición comete el delito de prevaricato”, explicó Palacios, quien calificó la
actuación de Colabelli como deleznable, ya que sabía que su decisión iba a ser
revocada pero con la que pretendía “lograr prensa y convertirse en un adalid de
una posición ideológica determinada, pero que pone en peligro la vida y la
salud de la persona en cuestión”.
* De lunes a viernes, de 9 a 13, por Radio Kalewche (90.9)
0 Comentá esta nota:
Publicar un comentario