jueves, agosto 19, 2010

Ley de Bosques: la Justicia admitió la demanda de las comunidades mapuche contra la Provincia


Además ordenó la citación de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.

Por Edgardo Manosalva *

Chubut, Argentina, 18 de agosto de 2010.- La Dra. Claudia MELIDONI, titular del Juzgado de Familia N° 2 del Noroeste del Chubut, con asiento en la ciudad de Esquel, dispuso “a la luz de los hechos y el derecho expuestos” por las Comunidades amparistas, declarar admisible el amparo solicitado por estas últimas teniendo, en consecuencia, “por iniciada formal demanda de amparo contra la Provincia del Chubut”.

La Magistrada también ordenó la citación de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, en su calidad de Autoridad de Aplicación Nacional de la ley 26.331, concediéndole el plazo de doce días para presentarse en el expediente judicial, bajo apercibimiento de ley.

Recordemos que el jueves 5 de agosto, por primera vez en la historia de la Provincia del Chubut, miembros de las Comunidades CAYÚN, LEOPOLDO QUILODRÁN, LORENZO PULGAR HUENTUQUIDEL y MOTOCO-CÁRDENAS todas pertenecientes al Pueblo Mapuche demandaron a la Provincia del Chubut por haber aprobado una ley que afecta sus derechos territoriales y culturales sin haber consultado a los Pueblos Originarios que habitan la Provincia y sin haberles dado participación violando, de esa manera, derechos humanos constitucionalmente reconocidos.

Las Comunidades solicitaron que se declare la inconstitucionalidad y la nulidad de la ley aprobada en la Legislatura Provincial por el bloque mayoritario peronismo-PROVECH-PACH el pasado 17 de junio, y se ordene a la Provincia reelaborar la misma, asegurándole al Pueblo Mapuche ser protagonista ineludible de procedimientos de consulta y participación en todas las etapas de elaboración, desarrollo y sanción, de acuerdo a los parámetros internacionales que rigen en la República Argentina al respecto, en especial, en condiciones de igualdad y buena fe. Entre los reclamos, se exige que la Autoridad de Aplicación de la ley provincial tenga composición indígena representativa de los Pueblos Originarios de la Provincia.

La noticia judicial fortaleció aún más a las Comunidades cordilleranas, las cuales se mantienen resistiendo en Territorio, en Trawún permanente.

*Abogado - Gajat

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