Por Félix Vidoz *
Adjunto información sobre el congreso de guardaparques nacionales (autogestionado) que se realizará en Buenos Aires en los primeros días de octubre. La presentación del congreso aclara los motivos de esta medida, dentro de la crisis institucional en que se encuentra la Administración de Parques Nacionales.
I- Presentación:
La realización del I Encuentro de Guardaparques Nacionales de la República Argentina surge como inquietud de muchos miembros del Cuerpo de Guardaparques Nacionales ante el devenir profesional de los últimos años. Es la primera vez que los Guardaparques Nacionales desarrollan un espacio nacional para la discusión de las diferentes problemáticas que afectan al desarrollo profesional y por ende a la conservación de las áreas protegidas en la jurisdicción de la Administración de Parques Nacionales. En este sentido la instancia del I Encuentro de Guardaparques Nacionales de la República Argentina constituye un hito histórico tanto para el CGN como para la
APN.
II- Justificación:
Acorde con la ley 22.351, el CGN es la policía administrativa que ejerce el control y la vigilancia en las áreas protegidas jurisdicción de la APN.
Las funciones del CGN fueron reglamentadas en el año 1987 mediante el decreto 1455/87, siendo en parte derogado posteriormente mediante decreto 1.401 del año 1991. En el año 2006, parte de los artículos derogados fueron remplazados por el decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 56/2006.
Así mismo, durante los últimos años fueron observándose profundos cambios en las tareas desarrolladas por miembros del CGN, cambios que se deben en parte al cambio de política de conservación de la APN y a procesos sociales más amplios que impactaron en la organización del CGN con los siguientes resultados:
• Desaparición del Cuerpo de Guardaparques Nacionales dentro la estructura de la Administración de Parques Nacionales.
• Desarticulación del régimen de carrera.
• Desaparición de jefaturas en las áreas protegidas y de la Dirección Nacional de Guardaparques.
• Desarrollo de funciones asignadas por los Intendentes de las áreas protegidas no contempladas en los marcos reglamentarios actuales que estipulan para los miembros del CGN el desarrollo exclusivo de tareas de control y vigilancia.
• Desarrollo de funciones propias del CGN por parte del personal del agrupamiento de apoyo del Escalafón Guardaparques, por fuera de la reglamentación vigente.
• Concentración en sedes administrativas y/o centros operativos, desarrollando tareas por fuera de las estipuladas como control y vigilancia.
El escenario planteado ha llevado a la construcción de una imagen en la cual puede leerse una disolución de las funciones específicas del CGN, asimilándose cada vez más las tareas sus miembros a las desarrolladas por el resto de los empleados de la APN, llegando a proponerse desde algunos espacios gremiales la unificación escalafonaria de los empleados de la APN en el Escalafón Guardaparques.
Entendiendo que el CGN desarrolla funciones vitales para la conservación de las Áreas Protegidas de la APN, se considera necesario la discusión y el consenso entre sus miembros con miras a la definitiva reglamentación de su funcionamiento, con el objetivo de superar las problemáticas actuales y favorecer el fortalecimiento y organización del mismo. A los fines de fortalecer el accionar de la Administración de Parques Nacionales en pos de la conservación. Nota completa
Nota relacionada: Informe: “Vida de guardaparque & familia”
Adjunto información sobre el congreso de guardaparques nacionales (autogestionado) que se realizará en Buenos Aires en los primeros días de octubre. La presentación del congreso aclara los motivos de esta medida, dentro de la crisis institucional en que se encuentra la Administración de Parques Nacionales.
I- Presentación:
La realización del I Encuentro de Guardaparques Nacionales de la República Argentina surge como inquietud de muchos miembros del Cuerpo de Guardaparques Nacionales ante el devenir profesional de los últimos años. Es la primera vez que los Guardaparques Nacionales desarrollan un espacio nacional para la discusión de las diferentes problemáticas que afectan al desarrollo profesional y por ende a la conservación de las áreas protegidas en la jurisdicción de la Administración de Parques Nacionales. En este sentido la instancia del I Encuentro de Guardaparques Nacionales de la República Argentina constituye un hito histórico tanto para el CGN como para la
APN.
II- Justificación:
Acorde con la ley 22.351, el CGN es la policía administrativa que ejerce el control y la vigilancia en las áreas protegidas jurisdicción de la APN.
Las funciones del CGN fueron reglamentadas en el año 1987 mediante el decreto 1455/87, siendo en parte derogado posteriormente mediante decreto 1.401 del año 1991. En el año 2006, parte de los artículos derogados fueron remplazados por el decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 56/2006.
Así mismo, durante los últimos años fueron observándose profundos cambios en las tareas desarrolladas por miembros del CGN, cambios que se deben en parte al cambio de política de conservación de la APN y a procesos sociales más amplios que impactaron en la organización del CGN con los siguientes resultados:
• Desaparición del Cuerpo de Guardaparques Nacionales dentro la estructura de la Administración de Parques Nacionales.
• Desarticulación del régimen de carrera.
• Desaparición de jefaturas en las áreas protegidas y de la Dirección Nacional de Guardaparques.
• Desarrollo de funciones asignadas por los Intendentes de las áreas protegidas no contempladas en los marcos reglamentarios actuales que estipulan para los miembros del CGN el desarrollo exclusivo de tareas de control y vigilancia.
• Desarrollo de funciones propias del CGN por parte del personal del agrupamiento de apoyo del Escalafón Guardaparques, por fuera de la reglamentación vigente.
• Concentración en sedes administrativas y/o centros operativos, desarrollando tareas por fuera de las estipuladas como control y vigilancia.
El escenario planteado ha llevado a la construcción de una imagen en la cual puede leerse una disolución de las funciones específicas del CGN, asimilándose cada vez más las tareas sus miembros a las desarrolladas por el resto de los empleados de la APN, llegando a proponerse desde algunos espacios gremiales la unificación escalafonaria de los empleados de la APN en el Escalafón Guardaparques.
Entendiendo que el CGN desarrolla funciones vitales para la conservación de las Áreas Protegidas de la APN, se considera necesario la discusión y el consenso entre sus miembros con miras a la definitiva reglamentación de su funcionamiento, con el objetivo de superar las problemáticas actuales y favorecer el fortalecimiento y organización del mismo. A los fines de fortalecer el accionar de la Administración de Parques Nacionales en pos de la conservación. Nota completa
Nota relacionada: Informe: “Vida de guardaparque & familia”
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