martes, mayo 12, 2009

Vuelta del Río: el Superior Tribunal revisará hoy la absolución de doce policías chubutenses


Por Gustavo Manuel Macayo

El SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA REVISA ABSOLUCIÓN DE 12 POLICIAS ACUSADOS DE COMETER DIVERSOS DELITOS EN VIOLENTO DESALOJO INTENTADO CONTRA UNA COMUNIDAD ABORIGEN EN EL AÑO 2003

Hoy, martes 12 de Mayo del corriente, a las 9,30 horas se llevará a cabo en Rawson, en la Sala de Audiencias del Superior Tribunal de Justicia, una audiencia en la causa penal que se le sigue a doce policías de la Provincia del Chubut por el violento procedimiento realizado en marzo del año 2003 contra la Familia Fermín, integrante de la Comunidad Aborigen de Vuelta del Río.

La causa penal caratulada “BRANT, Cesar Ricardo - QUIJON, Eduardo y otros s/ abuso de autoridad…” (Expte. Nº 21462 - F° 99 - Año 2004), llegó al Superior Tribunal a partir del Recurso de Casación interpuesto por dos de las víctimas que se constituyeron como Querellantes: la Sra. Carmen Uberlinda JONES, esposa de Don Mauricio Fermín, y su hijo Rogelio FERMIN, ambos representados durante el proceso y el juicio por el Dr. Gustavo Macayo. En la actualidad, el Dr. Macayo continúa patrocinando a la Señora JONES, mientras que el Señor Rogelio FERMIN es asistido por el Defensor General de la Provincia, Dr. Arnaldo Hugo Barone.

En los escritos presentados ante el Superior Tribunal, los Querellantes cuestionan la sentencia dictada con fecha 11 de junio del año 2008, por la Cámara del Crimen de Esquel, en la que se absolvió a los policías en delitos como ABUSO DE AUTORIDAD, VIOLACION DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO y VEJACIONES, por los que fueron sometidos a juicio, en calidad de AUTORES y PARTICIPES, en todos los casos con motivo de los hechos ocurridos en el Lote 134 de la Colonia Pastoril Cushamen, el día 15 de marzo de 2003.

Entre los puntos más destacados, las víctimas cuestionan que la Cámara Criminal de Esquel arbitrariamente omitió efectuar un correcto encuadre constitucional del caso, incumpliendo con la obligación de merituar el carácter de víctimas especialmente vulnerable que sin duda ostentaba la familia aborigen que padeció el atropello policial. Paralelamente, se reprocha que de haber reparado la Cámara en los alcances del plexo constitucional vigente, se debió haber advertido que la calidad de FUNCIONARIOS PUBLICOS que ostentaban los imputados, les imponía requerirles un estándar de exigibilidad mucho mayor al ponderar sus conductas abusivas, violentas, y vejatorias.

Al no hacerlo, con su arbitrario decisorio la Cámara terminó convalidando un grosero acto de violencia policial, con consecuencias nefastas para los integrantes de la Comunidad y, aunque resulte paradójico, también para los propios policías imputados, que a partir de los argumentos del fallo absolutorio no pueden menos que percibir que existe un paraguas judicial para cualquier eventual accionar violento que en el futuro desarrollen en el ejercicio de la función. La Querella refiere que difícilmente pueda encontrarse otro caso en el ámbito provincial, en el que confluyan con tan descarnada evidencia un accionar articulado entre representes de la Judicatura y el Poder Administrador -materializado a partir de la actuación de la policía-, en el cual se haya sometido a una familia aborigen a las peores prácticas discriminatorias y represivas de las que se pueden esperar en un régimen democrático.

En este sentido, la Querella realiza una cita textual del informe de la Procuración General que es por demás elocuente: “El cuadro descripto hasta aquí, sumado a la falta de actividad judicial, refuerza razonablemente la creencia de la comunidad de Vuelta del Río de que la justicia es sólo para los ricos y poderosos, y que para los demás sólo existe la injusticia” (INFORME FINAL SOBRE VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS EN LA ZONA NOROESTE DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT).

La causa en la que se realizó este violento desalojo dispuesto en forma preventiva por el entonces Juez COLABELLI que luego fuera destituido, no es la única que tramita en los Tribunales de Esquel y que tiene como protagonistas a los integrantes de la Familia FERMIN y la Comunidad Mapuche Tehuelche Vuelta del Río. Sin embargo, esta circunstancia, tampoco fue advertida por la Cámara pese a estar sobradamente acreditada en la causa, a mas de que no es novedad para ningún integrante del Poder Judicial de Esquel que la Familia Fermín, junto a otros tantos aborígenes, han sido sistemáticamente hostigados a través causas y denuncias iniciadas ante los distintos fueros de esa ciudad, siempre con el deliberado propósito de quitarles sus tierras.

Se alude también que existen en la causa diferentes presentaciones de organismos oficiales repudiando el hostigamiento judicial y policial contra la Comunidad de Vuelta del Río y contra la familia Fermín, tal como una Nota del Presidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (I.N.A.I). expresando su preocupación y condena por la violación a los Derechos de la familia mapuche, y una Declaración (N° 10/03) de la Legislatura de la Provincia del Chubut, emitida en solidaridad con los Pobladores Aborígenes de la Comunidad Mapuche-Tehuelche Vuelta del Río, repudiando la actitud violenta y desconsiderada con que fueron desalojados, atento a que la Cámara no puede aceptar intentos de desalojo de aborígenes de su territorio ancestral”.-

La Querella sostiene que no puede tolerarse una resolución como la dictada por la Cámara del Crimen de Esquel, en cuyo marco, a través de una argumentación por momentos contradictoria y por momentos, llamativamente, huérfana de sustento fáctico y probatorio, se arriba a una solución tan benévolamente ingenua y complaciente con el violento accionar desplegado por los imputados. Sostienen que no alcanza, como pretenden las Magistradas con cargar toda la responsabilidad sobre la orden de desalojo dictada por el Juez de Instrucción, puesto que, aún sin minimizar el carácter desacertado de esta orden, lo cierto es que ha quedado sobradamente probado que los policías excedieron, a sabiendas y con intención de hacerlo, larga e ilegalmente la manda emitida por el Juez.

Se concluye así en la evidencia de que todo el operativo, realizado durante un fin de semana, cuando reinaba una muy cruda condición climática, en forma sorpresiva, en un lugar notablemente aislado e inhóspito, ejecutado por una tropa de número muy importante, 27 efectivos, que empleó armamento, vehículos y logística de apoyo, fue armado deliberadamente por los agentes del orden y llevado a cabo de manera descarnada contra la población inerme, humildísima y altamente vulnerable de una Comunidad Aborigen. Esta enormidad no pasó desapercibida -ni mucho menos- para la opinión pública y tuvo inusitada trascendencia periodística, siendo calificada por diversos sectores sociales como ‘un regreso a la conquista del desierto del Siglo XIX’.

La presentación de la Querella ante la Sala Penal del Superior Tribunal, finaliza poniendo de manifiesto que, además del daño irreparable causado a las víctimas, ha quedado gravemente perjudicada la imagen institucional de la Policía Provincial.

Gustavo Manuel Macayo
Abogado de la Comunidad "Vuelta del Río"

Acompañamos a la familia Fermín y Comunidad Vuelta del Río

Por Komunikacion MapuChe

A pu lamuen ka pu peñi de Trelew, nos encontramos a las 8,30 hs. en la terminal, vemos qué vehículos hay y arrancamos para Rawson...

El SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA REVISA ABSOLUCIÓN DE 12 POLICIAS ACUSADOS DE COMETER DIVERSOS DELITOS EN VIOLENTO DESALOJO REALIZADO CONTRA LA COMUNIDAD VUELTA DEL RIO EN EL AÑO 2003

Acompañamos a la flia Fermin y la comunidad Vuelta del Río en la audiencia que se llevara a cabo.
Martes 12 de Mayo - 9.30 hs.
Superior Tribunal de Justicia-Rawson

Basta de impunidad
Basta de atropellos
Marichi weu, marichi weu!!!!

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